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CURP, cambios y actualización a las reglas de Asignación de la Clave Única de Registro de Población



El día de hoy fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la nueva normatividad para la Asignación de la Clave Única de Registro de Población.


Entre otras razones, el acuerdo estima que los datos contenidos en las Constancias de la Clave Única de Registro de Población relativos a la fecha de inscripción y del folio que haya sido asignado al documento probatorio de identidad con el que se generó la Clave Única de Registro de Población, en la actualidad no constituyen datos que tengan un uso específico y por el contrario, pueden llegar a ocasionar confusiones sobre la fecha de inscripción y la de nacimiento, o que sea interpretada de manera equivocada la fecha en la que acredite la emisión de una Clave Única de Registro de Población, lo que produce la necesidad de eliminar dichos datos de la Constancia de la Clave Única de Registro de Población, y por tanto es necesaria la actualización a las disposiciones contenidas en este instructivo, para que respondan a la realidad social y demográfica actual del país.


Consideramos es un cambio substancial a dichas reglas, por lo que afectará la manera que se interpretaba el CURP anteriormente y los requisitos de asignación de dichas claves.


Dichas modificaciones entrarán en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. No obstante, en un plazo no mayor a 60 días posteriores a la entrada en vigor de las modificaciones, la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad de la Secretaría de Gobernación deberá emitir y poner a disposición de la población en su portal web, las Reglas para la ejecución de los procedimientos para la asignación de la Clave Única de Registro de Población.

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